Impuesto sobre la Renta sobre Personas Físicas.
- Lic. Sherly Naranjo

- 29 jun 2021
- 1 min de lectura

Es importante conocer para fines tributarios si una persona realizara una actividad económica como persona física o jurídica, porque la ley establece un trato diferente para cada una.
Personas físicas: son aquellas personas que realizan una actividad económica bajo el ejercicio independiente de una profesión u oficio; profesionales de la medicina, contabilidad, derecho, carpintería, mecánica entre otros.
Las personas físicas al momento de decidir inscribirse en la DGII solo deben continuar 6 pasos,
explicados a continuación;
1** Registro al RNC: Inscribirse al Registro Nacional del Contribuyente es un deber de todo contribuyente para obtener un numero que identifique sus actividades tributarias.
2**Comprobantes Fiscales: Todo contribuyente debe solicitar a la DGII numero de comprobantes fiscales para emitir facturas.
3**Registro de operaciones: El contribuyente debe llevar registros de las transacciones realizadas, tanto de los ingresos como de los gastos así como del patrimonio, manteniendo custodia o seguimiento de los comprobantes fiscales utilizados.
4**Remisión de informaciones: La norma general No.07-2018 establece que todo contribuyente incluyendo aquellos en regímenes especiales deberán reportar "toda" información sobre sus operaciones.
5**Declaración jurada: Estas declaraciones deben de presentarse de acuerdo al tipo de obligación que este sujeto el contribuyente.
6**Pago del impuesto: El contribuyente deberá realizar el pago de los montos determinados en la forma, fecha, plazos y condiciones que indiquen las leyes y reglamentos tributarios.
Ya explicados estos pasos a seguir, podemos comprender que para llevarlos a cabo necesitas un contador, este profesional te organiza, te planifica y te ayuda a que tus pagos sean minoritarios y tu vida sea mas fácil y sin complicaciones.
Articulo por: Lic. Sherly Naranjo, CPA.
fuente DGII...



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